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NOTAS DE DIRECCION 20 11 2023

Revisar Convenio ISRI CONAPINA pagina Web del Centro en COMUNICADOS Y LINEAMIENTOS

Que de conformidad al articulo 136 de la Ley de Crecer Juntos es obligación de los patronos con cien o mas trabajadores, garantizar que las hijas e hijos de todos sus empleados tengan acceso a un centro de atención a la primera infancia en adelante CAPI.

Que el CONAPINA en cumplimiento al art 137 literal a) de la Ley de crecer juntos, ha instalado en su sede central el CAPI en el cual se atienden a las hijas e Hijos de sus empleados desde que finaliza la licencia por maternidad hasta un día antes de cumplir los cuatro años de edad

Que la cercanía geográfica de las sedes entre ambas instituciones posibilita un entendimiento de cooperación.

Se aclara que los servicios que considera este convenio estarán disponibles a partir del próximo año 2024, por lo que se estará pendiente de informar fecha exacta de inicio

 
 
 

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